OBSERVADOR FISCAL

jueves, 31 de julio de 2008

Ajuste de precios en gas licuado hasta el 31 de agosto de 2008.

Con fecha 31 de agosto de 2008 se publica el DECRETO que modifica y amplía la vigencia hasta el 31 de agosto de 2008, del Decreto por el que se sujeta el gas licuado de petróleo a precios máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado el 28 de diciembre de 2007, el cual señala lo siguiente:
Conforme a la Secretaría de Energía, por conducto de la Comisión Reguladora de Energía, establecerá la metodología para la determinación del precio de venta de primera mano del gas licuado de petróleo y la Secretaría de Economía fijará los precios máximos de venta del gas licuado de petróleo al usuario final, manteniendo la política actual en los elementos que integran el precio al usuario final, de manera tal que el precio promedio ponderado nacional al público sea de 8.55 pesos por kilogramo antes del impuesto al valor agregado.
Vigencia: el Decreto concluirá el 31 de agosto de 2008."
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

0 comentarios:

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

Entradas populares

Videoteca Virtual FCA UNAM

OBSERVADOR FISCAL

Translate

Uso de Cookies para visitantes europeos

Las leyes de la Unión Europea exigen que se informe a nuestros visitantes europeos que en esta página se usan cookies.

En muchos casos, dichas leyes también exigen que pidamos tu consentimiento para su uso, por lo cual al navegar en esta página consientes el uso de las mismas.

Google ha añadido ciertas cookies de Blogger y de Google, incluidas las de Google Analytics y AdSense.

Gracias