OBSERVADOR FISCAL

martes, 19 de agosto de 2008

ESTADO DE CUENTA COMO COMPROBANTE FISCAL


Los estados de cuenta como comprobantes fiscales.
Ya puede deducir sus gastos o compras sólo con los estados de cuentaPara hacer sus deducciones o acreditamientos, usted ya puede comprobar las adquisiciones de bienes o servicios sólo con los estados de cuenta sin que requiera solicitar o conservar factura o comprobante simplificado de la compra, siempre que realice el pago con cheque nominativo para abono en cuenta, tarjeta de crédito o de débito, con monedero electrónico o mediante traspaso de cuentas entre bancos.*


Para ello se establecen minimos requisitos, tales como:
-Que los gastos, compras o inversiones que pretenda deducir con los estados de cuenta estén gravados a las tasas de 10% o 15% de IVA.
-Que cada transacción no rebase de 100,000 pesos, sin incluir el IVA.
-Que el estado de cuenta tenga el RFC del proveedor del bien o servicio que se deduce.
-Registrar en la contabilidad las operaciones que se comprueben con los estados de cuenta.
-Conservar el original del estado de cuenta durante el plazo que establece el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.


Casos en que se requiere además del estado de cuenta, el comprobante simplificado


Cuando se realicen adquisiciones mayores a 100,000 pesos o cuando las mismas estén exentas del IVA o gravadas a la tasa del 0% se podrán deducir con los estados de cuenta, pero adicionalmente deberá solicitarse al proveedor y conservar el comprobante simplificado, que podrá ser:
- Una nota de venta.
- Una nota de remisión.
- Un comprobante emitido por terminal punto de venta o por máquina registradora de comprobación fiscal y convencional.
-Cualquier comprobante que se emita de manera manual o electrónica.


Dichos comprobantes deben describir los bienes o servicios adquiridos y contar con el IVA desglosado. Los comprobantes que se emitan de manera manual deberán tener impreso el RFC del proveedor.


Verifique que el RFC que aparece e el estado de cuenta que le emite su banco sea correcto y corresponda con el que tiene registrado ante el SAT para que pueda comprobar sus deducciones fiscales sin necesidad de solicitar una factura.Acérquese a su banco lo antes posible para actualizar su clave del RFC para poder hacer uso de esta opción que le simplifica y facilita la deducción de las compras y gastos de su empresa, despacho o negocio.


Cálculo del importe del IVA

Cuando el estado de cuenta no contenga el importe del IVA trasladado o pagado en las adquisiciones, se calculará dividiendo el monto de cada operación entre 1.10 para los gravados a la tasa del 10% u entre 1.15 para las gravadas ala tasa de 15%. El resultado se restará al monto total y la diferencia será el IVA trasladado.


* Los medios de pago anteriores deberán ser destinados sólo para la actividad por la cual se obtienen ingresos, es decir, no se podrán utilizar para realizar adquisiciones distintas a las de la actividad.En todos los casos, los conceptos que podrán deducirse con los estados de cuenta son los previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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