OBSERVADOR FISCAL

lunes, 12 de julio de 2010

El listado del Ietu se presenta de maneral anual, dejando de hacer los mensules de junio a diciembre de 2010

Del decreto de Simplificación Tributaria cuándo aplica el Listado del IETU anual.


Por el periodo comprendido de junio a diciembre de 2010, se tiene obligación de presentar de manera mensual, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única a que hace mención el artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación,

Sin embargo; por dicho  periodo mencionado, podrán optar por no presentar la información de manera mensual, siempre y cuando esta información se presente anualizada respecto de todo el ejercicio, dentro del mes siguiente al del término del mismo.

Fundamento
Artículo PRIMERO del Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria publicadas en el DOF el 30 de junio de 2010.

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