OBSERVADOR FISCAL

viernes, 15 de junio de 2012

Publican ley contra la trata de personas


A fin de establecer los tipos penales en materia de trata de personas y sus sanciones; determinar los procedimientos penales aplicables a estos delitos y reparar el daño a las víctimas se publica la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos (LTPyPAV).

En el artículo 10 de este ordenamiento, se precisa que toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 20,000 días multa, sin perjuicio de las siguientes sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos:

Delito
Sanción
Explotar laboralmente a una o más personas. Se entiende que hay explotación laboralcuando una persona obtiene, directa o indirectamente, beneficio injustificable, económico o de otra índole, de manera ilícita, mediante el trabajo ajeno, sometiendo a la persona a prácticas que atenten contra su dignidad, tales como:
  • condiciones peligrosas o insalubres, sin las protecciones necesarias de acuerdo con la legislación laboral o las normas existentes para el desarrollo de una actividad o industriia
  • existencia de una manifiesta desproporción entre la cantidad de trabajo realizado y el pago efectuado por ello, o
  • salario por debajo de lo legalmente establecido
(artículo 21 de la LTPyPAV)
Pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5,000 a 50,000 días multa
Tener o mantener a una persona en trabajo forzado, es decir cuando el mismo se obtiene mediante:
  • uso de la fuerza, la amenaza de la fuerza, coerción física, o amenazas de coerción física a esa persona o a otra persona, o bien utilizando la fuerza o la amenaza de la fuerza de una organización criminal
  • daño grave o amenaza de daño grave a esa persona que la ponga en condiciones de vulnerabilidad
  • el abuso o amenaza de la denuncia ante las autoridades de su situación migratoria irregular en el país o de cualquier otro abuso en la utilización de la ley o proceso legal, que provoca que el sujeto pasivo se someta a condiciones injustas o que atenten contra su dignidad
No se considerará que hay trabajo o servicio forzado, ni explotación laboral, cuando:
  • se exija en virtud de las leyes sobre el servicio militar obligatorio
  • forme parte de las obligaciones cívicas normales de los ciudadanos hacia la Federación, el Distrito Federal o sus demarcaciones territoriales, los estados o municipios
  • se exija a una persona en virtud de una condena pronunciada por sentencia judicial, o en los términos del Artículo 21 Constitucional como trabajo a favor de la comunidad, a condición de que este trabajo o servicio se realice bajo la vigilancia y control de las autoridades públicas, y que dicha persona no sea cedida o puesta a disposición de particulares, compañías o personas jurídicas de carácter privado
  • los trabajos sean voluntarios y realizados por integrantes de una comunidad en beneficio directo de la misma y, por consiguiente pueden considerarse como obligaciones cívicas normales que incumben a los miembros de la comunidad local, nacional o a una organización internacional, a grupos o asociaciones de la sociedad civil e instituciones de beneficencia pública o privada
Pena de 10 a 20 años de prisión, y de 5,000 a 50,000 días multa,
Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos
Realizar la extracción, remoción u obtención de un órgano, tejido o células de seres humanos vivos, a cambio de un beneficio o a través de una transacción comercial, sin incluir los procedimientos médicos lícitos para los cuales se ha obtenido el debido consentimiento, en los términos de lo establecido por la Ley General de Salud.
(artículo 30 de la LTPyPAV)
Pena de 15 a 25 años de prisión, y de 2,000 a 30,000 días multa
Experimentación biomédica ilícita en seres humanos.
Aplicar sobre una persona o un grupo de personas procedimientos, técnicas o medicamentos no aprobados legalmente y que contravengan las disposiciones legales en la materia.
(artículo 31 de la LTPyPAV)
Pena de 3 a 5 años de prisión y de 2,000 a 30,000 días multa
Mantener a una persona en situación de esclavitud, es decir, dominar a una persona, dejándola sin capacidad de disponer libremente de su propia persona ni de sus bienes y ejercitar sobre ella, de hecho, atributos del derecho de propiedad (artículo 11 de la LTPyPAV )
Pena de 15 a 30 años prisión y de 1,000 a 20,000 días multa
Mantener a una persona en condición de siervo, por ejemplo, cuando un deudor se haya comprometido a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda, si los servicios prestados, equitativamente valorados, no se aplican al pago de la deuda, o si no se limita su duración ni se define la naturaleza de dichos servicios
(artículo 12 de la LTPyPAV)
Pena de 5 a 10 años de prisión y de 1,000 a 20,000 días multa
Explotación sexual. Se incluyen diversos tipos de delitos que incluyen, la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual
Las penas dependen del delito específico y pueden alcanzar los 30 años de prisión y los 60,000 días multa
Utilizar a una persona para realizar actos de mendicidad y obtener un beneficio al obligarla a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza, al uso de la fuerza o al engaño
(artículo 24 de la LTPyPAV )
Prisión de 4 a 9 años y de 500 a 20,000 días multa.
De utilizar a personas menores de 18 años, mayores de 70, mujeres embarazadas, personas con lesiones, enfermedades o discapacidad física o psicológica, la pena será de 9 a 15 años de prisión y de 1,000 a 25,000 días multa
Utilizar a personas menores de 18 años en cualquiera de las actividades delictivas señaladas en el artículo 2o de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
(artículo 25 de la LTPyPAV)
Pena de 10 a 20 años de prisión y de 1,000 a 20,000 multa
Adopción ilegal
Entregar o recibir de forma ilegal, ilícita, irregular o incluso mediante adopción, a una persona menor de 18 años con el fin de abusar o explotarla sexualmente o en cualquier otra forma
(artículo 26 de la LTPyPAV)
Pena de 20 a 40 años de prisión y de 2 mil a 20 mil días multa
Adopción ilegal
Entregar en su carácter de padre o tutor o recibir a título oneroso, en su carácter de adoptante de forma ilegal, ilícita o irregular, a una persona menor de 18 años.
(artículo 27 de la LTPyPAV)
Pena de 3 a 10 años de prisión y de 500 a 2 mil días multa
Matrimonio servil o forzoso
  • Obligar a una persona a contraer matrimonio
  • de manera gratuita o a cambio de pago en dinero o en especie entregada a sus padres, tutor, familia o a cualquier otra persona o grupo de personas que ejerza una autoridad sobre ella, o
  • con el fin de prostituirla o someterla a esclavitud o prácticas similares
    • Ceder o trasmitir a una persona a un tercero, a título oneroso, de manera gratuita o de otra manera
(artículo 28 de la LTPyPAV)
Pena de 4 a 10 años de prisión y de 200 a 2,000 días multa, además de la declaratoria de nulidad de matrimonio
.
Explotar sexualmente a su pareja aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato. De acreditarse esta conducta se declarará nulo el matrimonio
(artículo 29 de la LTPyPAV)
Pena de 20 a 40 años de prisión y de 2,000 a 30,000 días multa

Otras sanciones contempladas en la Ley (artículos 32 a 36 de la LTPyPAV)

Infracciòn
Sanción
Contratar espacios para publicar anuncios que encuadren en los supuestos de publicidad ilícita o engañosa, con el fin de facilitar, promover o procurar que se lleve a cabo cualquiera de las conductas delictivas objeto de la LTPyPAV
Pena de 2 a 7 años de prisión y de 500 a 2 mil días multa
Publicar contenidos a través de los cuales facilite, promueva o procure cualquiera de las conductas delictivas objeto de la LTPyPAV, tratándose de personas que dirijan, gestionen o editen un medio impreso, electrónico o cibernético
Pena de 5 a 15 años de prisión y de 1,000 a 20,000 días multa
Dar en comodato, en arrendamiento o alquiler un bien inmueble, casa o habitación, con conocimiento de que será utilizado para la comisión de cualquiera de las conductas señaladas en la LTPyPAV
Pena de 2 a 7 años de prisión y de 10,000 a 20,000 días multa
Adquirir, usar, comprar, solicitar o alquilar servicios de una persona para cualquiera de los fines previstos en los delitos materia de la presente Ley, a sabiendas de su situación de trata
Pena de 2 a 40 años de prisión y de 1,000 a 25,000 días multa, además de las que resulten por la comisión de conductas previstas en otros ordenamientos legales aplicables
Divulgar, sin motivo fundado, información reservada o confidencial relacionada con los delitos, procesos y personas objeto de LTPyPAV o relacionada con el Programa de Protección de Víctimas, Ofendidos y Testigos
Además de lo dispuesto por el Código Penal Federal, se aplicará pena de 3 a 6 años de prisión y de 1,000 a 10,000 días multa.
Si el sujeto es o fue integrante de una institución de seguridad pública, de procuración de justicia, de los centros de reclusión preventiva o penitenciaria, o del poder judicial la pena será de seis a 12 años de prisión y de 2,000 a 15,000 días multa.

Vigencia: A partir del 15 de junio de 2012
FUENTE: IDC

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