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miércoles, 17 de diciembre de 2008

ACUERDO por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Con fecha 17 de diciembre se publica en el DOF el ACUERDO por el que se actualizan los montos de las operaciones y multas previstas en la Ley Federal de Protección al Consumidor.


PRIMERO.- El monto señalado en el segundo párrafo del artículo 99 y en el segundo párrafo del artículo 117, en relación con el artículo 2, fracción I, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en la cantidad de $367,119.59.


SEGUNDO.- El monto de la multa a que se refiere la fracción II del artículo 25 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $183.56 y un máximo de $18,355.98.

TERCERO.- El monto de la multa a que se refiere la fracción III del artículo 25 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en $7,342.39.

CUARTO.- El monto de la multa prevista en el artículo 126 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $183.56 y en un máximo de $587,391.34.

QUINTO.- El monto de la multa prevista en el artículo 127 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $367.12 y en un máximo de $1'174,782.68.

SEXTO.- El monto de la multa prevista en el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $550.68 y en un máximo de $2'153,768.26.

SEPTIMO.- El monto de la multa prevista en el artículo 128 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se actualiza para quedar en un mínimo de $110,135.88 y en un máximo de $3'083,804.56.

OCTAVO.- La cantidad establecida en el artículo 133 se actualiza para quedar en $6'167,609.11.

NOVENO.- Las actualizaciones a que se refiere el presente Acuerdo estarán vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.

TRANSITORIO
UNICO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2009.

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