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jueves, 18 de diciembre de 2008

CIRCULAR S-20.2.9 Sistema Estadístico del Seguro de Cascos Embarcaciones y la forma y términos para su entrega.


Con fecha 18 de diciembre se publica la CIRCULAR S-20.2.9 mediante la cual se comunica a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros autorizadas para la práctica de la operación de daños, en el ramo de marítimo y transportes, la estructura del Sistema Estadístico del Seguro de Cascos Embarcaciones y la forma y términos para su entrega.


Asunto: Se comunica la estructura del Sistema Estadístico del Seguro de Cascos Embarcaciones y la forma y términos para su entrega.

A las instituciones y sociedades mutualistas de seguros autorizadas para la práctica de la operación de daños, en el ramo de marítimo y transportes


Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, esas instituciones y sociedades deberán presentar ante esta Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, en la forma y términos que al efecto establezca, los informes y pruebas que sobre su organización, operaciones, contabilidad, inversiones o patrimonio les soliciten para fines de regulación, supervisión, control, inspección, vigilancia, estadística y demás funciones que conforme a dicha Ley u otras disposiciones legales y administrativas les corresponda ejercer.


Al respecto, con el propósito de modernizar los Sistemas Estadísticos y lograr una mayor eficiencia en el proceso de presentación de la información de las operaciones que realizan esas instituciones y sociedades, este Organo Desconcentrado ha resuelto establecer una estructura de dicho Sistema.

Por otra parte, se han efectuado las adecuaciones necesarias, para que el envío de información que realizan esas instituciones y sociedades se lleve a cabo vía Internet, utilizando la página Web de la Comisión, cuya dirección electrónica es http://www.cnsf.gob.mx/, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto emita la Comisión.

Derivado de lo anterior, la Comisión ha resuelto emitir los siguientes lineamientos a los que deberán sujetarse esas instituciones y sociedades para el envío de la información correspondiente al Sistema Estadístico del Seguro de Cascos Embarcaciones, en cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas vigentes.

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