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martes, 16 de diciembre de 2008

CIRCULAR S-21.11, mediante la cual se dan a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros los días que cerrarán y suspenderán operac


Con fecha 16 de diciembre se publica la CIRCULAR S-21.11, mediante la cual se dan a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros los días que cerrarán y suspenderán operaciones durante 2009.


Asunto: Se dan a conocer los días que cerrarán y suspenderán operaciones durante 2009.
A las instituciones y sociedades mutualistas de seguros.


Las Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros establecidas en cualquier parte de la República Mexicana, podrán cerrar sus puertas y suspender sus operaciones, con excepción de la atención de siniestros, los siguientes días:
ENERO 1o.
FEBRERO 2 en conmemoración del 5 de febrero
MARZO 16 en conmemoración del 21 de marzo
ABRIL 9
ABRIL 10
MAYO 1o.
MAYO 5
SEPTIEMBRE 16
NOVIEMBRE 16 en conmemoración del 20 de noviembre
DICIEMBRE 25

II. Las Instituciones y Sociedades que en sus Condiciones Generales de Trabajo establezcan como días hábiles, alguno de los señalados en el numeral anterior, podrán abrir sus puertas y realizar operaciones dichos días, pero para efectos legales, los mismos se considerarán inhábiles.

III. Las sucursales u oficinas establecidas en el interior de la República Mexicana, podrán cerrar sus puertas y suspender operaciones los días festivos de la localidad en donde estén ubicadas, los cuales se considerarán como inhábiles.

Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales a cargo de esas instituciones y sociedades mutualistas de seguros y sin que se traduzca en un perjuicio para los asegurados o beneficiarios.
Asimismo, esta Comisión resolverá las dudas que se susciten en la aplicación de la presente Circular, así como los casos de excepción que deben reconocerse y dictará las medidas especiales que para el mismo fin estime pertinentes.

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