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miércoles, 24 de junio de 2009

Decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal.



Con fecha 24 de julio de 2009, se publica en el DOF el siguiente Decreto que:

SE REFORMA EL ARTÍCULO 40 DE LA LEY DE COORDINACIÓN FISCAL.




Se reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Artículo 40.-
Las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones Múltiples reciban los Estados de la Federación y el Distrito Federal se destinarán exclusivamente al otorgamiento de desayunos escolares, apoyos alimentarios y de asistencia social a la población en condiciones de pobreza extrema, apoyos a la población en desamparo, así como a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica, media superior y superior en su modalidad universitaria según las necesidades de cada nivel.

TRANSITORIOS

Primero.
El presente Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Segundo. En la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la Cámara de Diputados proveerá lo conducente a fin de que la asignación de recursos no distribuibles geográficamente del Fondo de Aportaciones múltiples, se incremente para el nivel medio superior.

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