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lunes, 28 de febrero de 2011

Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal a proyectos de inversión en la producción teatral nacional.

Mediante estas Reglas se establece lo siguiente:

1.   Se acuerda la creación del Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional.

2.   La forma en como deberá operar el Comité Interinstitucional, así como las facultades que tendrá el Presidente del mismo.

3.    El procedimiento que deberán cumplir los contribuyentes aportantes junto con la empresa productora responsable del proyecto de inversión, para el otorgamiento del estímulo fiscal.

4.    La documentación que deberán entregar los contribuyentes aportantes al Comité para el otorgamiento del estímulo fiscal.

Destaca que el contribuyente aportante beneficiario del estímulo fiscal, a más tardar dentro de los treinta días hábiles siguientes a la última fecha del número total de funciones a que se haya comprometido en el proyecto de inversión, deberá presentar a la Secretaría Técnica del Comité un informe formulado por contador público registrado ante las autoridades fiscales, a través del cual se emita opinión y se certifique que el monto de los recursos del estímulo fiscal autorizado al contribuyente aportante fue exclusivamente aplicado en cada uno de los conceptos de gasto erogados para la realización del proyecto de inversión, de conformidad con la legislación fiscal aplicable y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público.

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Fuente: SAT

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