OBSERVADOR FISCAL

miércoles, 29 de julio de 2009

FECHAS ESCALONADAS DE LA PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN

Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet (ANTEPROYECTO PUBLICADO POR EL SAT)


II.2.7.13. Para los efectos de los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes que se encuentren obligados o que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros, deberán enviar su dictamen fiscal y demás información y documentación a que se refieren los artículos 49 y 54 del Reglamento del CFF, vía Internet a través de la página de Internet del SAT.

Los contribuyentes al enviar su dictamen fiscal vía Internet, lo harán dentro del periodo que les corresponda, según el calendario que se señala a continuación, considerando el primer caracter alfabético del RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.

LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVIO


De la A a la F del 12 al 14 de agosto de 2009


De la G a la O del 17 al 19 de agosto de 2009


De la P a la Z y & del 20 al 24 de agosto de 2009


Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal y la demás información y documentación a que hace referencia el primer párrafo de esta regla a más tardar el 7 de septiembre de 2009.

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