Páginas

martes, 25 de mayo de 2010

Sabias que no es causal de residencia en México la persona física con fines turísticos

De acuerdo con el articulo 5 del reglamento del CFF se considera que las personas físicas no han establecido su casa habitación en México, cuando habiten temporalmente inmuebles con fines turísticos.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Escribe tus comentarios para el Observador Fiscal.
Gracias