OBSERVADOR FISCAL

jueves, 12 de enero de 2012

Ley de Firma Electronica Avanzada

Se podrán realizar toda clase de trámites oficiales vía remota a través de Internet, y que éstos tengan la misma validez jurídica de los que se hacen en forma presencial es una nueva realidad al alcance de los mexicanos, de acuerdo con la Ley de Firma Electrónica Avanzada, que entrará en vigor dentro de 120 días hábiles.


La Firma Electrónica Avanzada podrá usarse en trámites, servicios, y en actos jurídicos y administrativos.

De igual forma, servirá para llevar a cabo y recibir actuaciones electrónicas como notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes y acuses de recibo.

La Secretarías de la Función Pública, de Economía y el Servicio de Administración Tributaria son las autoridades ante quienes se podrá tramitar la Firma Electrónica Avanzada, la cual está formada por una Clave Privada, una Clave Pública, y un Certificado Digital.
Ver Decreto por el que se expide la Ley de Firma Electrónica Avanzada.
Publicado el 11 de enero de 2012

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