OBSERVADOR FISCAL

jueves, 18 de septiembre de 2008

Pagos provisionales 2008

¿Qué impuestos se deben declarar mensualmente?
El impuesto sobre la renta
El impuesto empresarial a tasa única (IETU) a partir de 2008
El impuesto al valor agregado
El impuesto especial sobre producción y servicios
Las retenciones de impuestos que en su caso se realicen a terceros.
Quienes realicen pagos de 2007 y anteriores, en su caso, deben declarar el impuesto al activo.

En qué fechas debe presentar sus pagos provisionales y definitivos

Los pagos provisionales y definitivos generalmente deben presentarse cada mes, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago; sin embargo, tiene de uno a cinco días más de plazo, según el sexto dígito numérico de su RFC:

Sexto dígito numérico del RFC Fecha límite de pago
1 y 2 Día 17 más un día hábil
3 y 4 Día 17 más dos días hábiles
5 y 6 Día 17 más tres días hábiles
7 y 8 Día 17 más cuatro días hábiles
9 y 0 Día 17 más cinco días hábiles

Por qué es importante mantenerse al corriente en sus pagos mensuales (provisionales y definitivos)

Evita pagar recargos y actualizaciones.
Estos conceptos se causan por falta de pago oportuno y se incrementan cada mes que omita hacer el pago, lo cual representa gastos adicionales para usted o su empresa.
Evita requerimientos y multas de las autoridades fiscalesAdemás de la molestia que implica trasladarse a un módulo para solventar el requerimiento, tiene que pagar multa por cada obligación omitida. Si no paga dentro del plazo que se le indica en el requerimiento procederá una multa adicional.Los montos de las multas son:

De 860 a 10,720 pesos, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas.Si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, se presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, por esta declaración complementaria también se aplicará multa.
De 860 a 21,430 pesos, por cada obligación a que esté afecto al presentar una declaración fuera del plazo señalado en el requerimiento, o por su incumplimiento.

Agiliza y facilita la elaboración y presentación de la declaración anual. Debido a que los pagos provisionales del ISR se hacen a cuenta del impuesto anual, si no se han presentado no puede cumplir con la Declaración Anual; tiene que calcularlos y presentarlos previamente, lo que produce retrasos.En la Declaración Anual o en la declaración informativa que se presenta en febrero deben incluirse los importes de los pagos mensuales del IVA declarados cada mes; si no lo ha hecho, tampoco podrá presentar la información anual.

Folleto de: Cómo calcular los recargos y la actualización de sus impuestos por hacer pagos extemporáneos, publicado por el SAT
Consulte el Calendario fiscal para corroborar sus fechas de pago elaborado por el SAT

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