CIRCULAR S-16.1 mediante la cual se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, el Catálogo de Cuentas Unificado
CIRCULAR S-16.1 mediante la cual se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, el Catálogo de Cuentas Unificado con las modificaciones y adiciones que actualizan su contenido.
Con fundamento en el artículo 101 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, Comisión Nacional de seguros y Fianzas da a conocer el Catálogo de Cuentas Unificado aplicable a dicho sector.
Las modificaciones y adiciones realizadas, se refieren a la inclusión de nuevas subcuentas, afectaciones, modificación de nombres de cuentas, adiciones y modificaciones a los textos, que deben utilizar las instituciones y sociedades mutualistas de seguros para el registro de sus operaciones, principalmente para las que operan los seguros de pensiones, derivados de las leyes de seguridad social, en virtud de los cambios a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Los cambios realizados que se remiten deberán aplicarse a partir del cuarto trimestre de 2008, por lo que esas instituciones y sociedades procederán a desarrollar las tareas necesarias para su adecuación.
La presente Circular entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y sustituye y deja sin efectos a las diversas S-16.1 del 17 de septiembre de 2007 y S-16.1.1 del 20 de febrero de 2008, publicadas en el mismo Diario el 28 de septiembre de 2007 y 12 de marzo de 2008, respectivamente.
0 comentarios:
Publicar un comentario