OBSERVADOR FISCAL

martes, 16 de diciembre de 2008

CIRCULAR S-21.12, -Se comunica periodo vacacional del personal de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.


CIRCULAR S-21.12, mediante la cual se comunica a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, agentes de seguros, intermediarios de reaseguro y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, el periodo vacacional del personal de dicha Comisión.


Asunto: Se comunica periodo vacacional del personal de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.


A las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, agentes de seguros, intermediarios de reaseguro y demás personas y entidades sujetas a la inspección y vigilancia de esta Comisión.


Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 50 del Reglamento Interior de esta Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, con motivo del periodo de vacaciones del personal de esta Comisión, hacemos de su conocimiento que los días 22, 23, 24, 26, 29, 30 y 31 de diciembre de 2008 y 2, 5 y 6 de enero de 2009, se considerarán inhábiles para todos los efectos legales.
La presente Circular sustituye a la diversa S-21.12 de 20 de noviembre de 2007 publicada en el Diario Oficial de la Federación de 18 de diciembre del mismo año.

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