OBSERVADOR FISCAL

jueves, 5 de marzo de 2009

Registro Público de Consumidores


Conoces qué es el RPC

Antecedentes.


El 4 de febrero de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformó y adicionó la Ley Federal de Protección al Consumidor. En dichas reformas y adiciones, se incorporó un nuevo mecanismo de protección a los consumidores, consistente en que la Procuraduría Federal del Consumidor pueda llevar un registro público de consumidores que no deseen recibir publicidad o que su información sea utilizada con fines mercadotécnicos o publicitarios.

Para dar operatividad y funcionalidad a dicho instrumento, el 8 de noviembre de 2007, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se Establecen las Reglas de Operación y Funcionamiento del Registro Público de Consumidores, cuya vigencia inició el 26 de noviembre 2007.

La reforma privilegia la protección a la privacidad de los consumidores cuando éstos aportan información a los proveedores al realizar alguna transacción, prohibiéndose un uso distinto para el que hubiere sido proporcionada.

El RPC es un mecanismo de protección que servirá para facilitar el ejercicio del derecho de los consumidores a no ser molestados con publicidad no deseada y a que su información no sea utilizada con fines mercadotécnicos o publicitarios. A pesar de que existen diversos medios a través de los cuales los consumidores pueden recibir publicidad, como parte de una primera etapa se protegerá solo a los consumidores que no deseen ser molestados en su número telefónico. Operación y funcionamiento del RPC

Los consumidores podrán llamar desde el número telefónico que se pretenda inscribir o cancelar al número telefónico del RPC 96 28 00 00 para las áreas metropolitanas de las Ciudades de México, Guadalajara y Monterrey o al 01 800 96 28 000 para el resto de la República, para lo cual, se utilizará un sistema automatizado que permita la identificación del número que se quiere inscribir o cancelar.

Los consumidores sólo podrán solicitar la inscripción o cancelación de números telefónicos (fijos y celulares) y fax de los que sea usuario, lo cual será gratuito.

La vigencia de la inscripción en el RPC será de tres años. Pasado dicho tiempo se podrá realizar nuevamente la inscripción.

El número telefónico proporcionado por el consumidor será transmitido a los proveedores y empresas que así lo soliciten para que éstos depuren sus listas y evitar llamadas con fines mercadotécnicos.

Aquellos proveedores o empresas que realicen llamadas a números inscritos en el RPC, podrán ser sujetos de sanción por cada una de las llamadas realizadas.

Quedan excluidos del RPC las organizaciones políticas, entidades de beneficencia y encuestadores telefónicos, siempre que no publiciten bienes, productos o servicios.



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