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martes, 12 de mayo de 2009

ANEXOS 12 y 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 29 de abril de 2009.


ANEXOS 12 y 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009, publicada el 29 de abril de 2009 en el DOF.





Anexo 12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
Contenido
Entidades federativas y municipios que han celebrado con la Federación convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal, para efectos del pago de derechos.
A. Derechos a que se refieren los artículos 232-C y 232-D de la Ley Federal de Derechos(Anexo Número 1).
B. Derechos a que se refiere el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos (Anexo Número 5).
C. Derechos a que se refieren los artículos 195-P y 195-Q de la Ley Federal de Derechos(Anexo Número 13).
D. Derechos a que se refieren los artículos 232, fracciones I, segundo párrafo, IV y V y 232-E de la Ley Federal de Derechos (Anexo Número 4).

E. Derechos a que se refieren los artículos 191-E y 199-B de la Ley Federal de Derechos (Anexo 9).

F. Derechos a que se refieren los artículos 194-F, 194-F-1 y 194-G de la Ley Federal de Derechos (Anexo 16).


Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009
Contenido
1. Autorizaciones.
A. Organizaciones civiles y fideicomisos asistenciales (artículo 95, fracción VI de laLey del ISR)
B. Organizaciones civiles y fideicomisos educativos (artículo 95, fracción X de la Ley del ISR)
C. Organizaciones civiles y fideicomisos para la investigación científica o tecnológica(artículo 95, fracción XI de la Ley del ISR)
D. Organizaciones civiles y fideicomisos culturales (artículo 95, fracción XII de la Ley del ISR)
E. Organizaciones civiles y fideicomisos becantes (artículos 95, fracción XVII y 98 de laLey del ISR)
F. Organizaciones civiles y fideicomisos ecológicos (artículo 95, fracción XIX de la Ley del ISR)
G. Organizaciones civiles y fideicomisos para la reproducción de especies en protección y peligro de extinción (artículo 95, fracción XX de la Ley del ISR)
H. Organizaciones civiles y fideicomisos de apoyo económico de donatarias autorizadas (artículo 96 de la Ley del ISR)
I. Organizaciones civiles y fideicomisos para obras o servicios públicos (artículo 31, segundo párrafo del Reglamento de la Ley del ISR)
J. Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de bibliotecas privadas con acceso al público en general (artículo 114 del Reglamento de la Ley del ISR)
K. Organizaciones civiles y fideicomisos propietarios de museos privados con acceso al público en general (artículo 114 del Reglamento de la Ley del ISR)
L. Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en los términos de los convenios suscritos por México para evitar la doble tributación (artículo 97 de la Ley del ISR, vigente a partir del 1 de enero de 2002, antes artículo 70-B y regla I.3.10.1. de la RMF). Para efectos de la autorización para recibir donativos deducibles de impuesto sobre la renta del extranjero, los requisitos establecidos en los artículos 70 y 70-B, vigentes al momento de la firma del convenio suscrito por los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal, se contienen también en los artículos 95 y 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente a partir del 1 de enero de 2002, así entonces, al cumplir tales disposiciones, se considera que también habrían calificado como tal de conformidad con los artículos 70 y 70-B vigentes al 31 de diciembre de 2001.
2. Revocaciones.
3. Autorizaciones que no hayan mantenido vigencia.
4. Actualizaciones.
4.1. Cambios de Domicilio
4.2. Cambios de Denominación
4.3. Cambios de Rubro
5. Rectificaciones.


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