Fallo sobre IETU en EU orillaría a derogarlo
El futuro del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) no sólo depende del Congreso en México, sino que estará definido, en gran medida, por el resultado que tenga la evaluación final que el Departamento del Tesoro y el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos realicen en el 2010, a dos años de su aplicación.
El veredicto puede ser el desconocimiento definitivo al IETU, con graves consecuencias para las empresas estadounidenses establecidas en México, que ya no podrían acreditar el pago de este impuesto en su país.
Especialistas consultados por El Economista advierten que muchas empresas con capital estadounidense se han visto afectadas por el IETU.
Manuel Tron, de la Asociación Internacional Fiscal, comenta que hay experiencias de empresas que han sufrido con el IETU porque les ha afectado en los desembolsos. Aclara que hasta ahora, EU no ha definido el futuro del IETU y por eso permite la acreditación de manera transitoria, sin crear perjuicio.
FALLO EN CONTRA
Por su parte, la economista en jefe de la American Chamber of Commerce, Deborah Riner, revela que existen fuertes rumores de que la oficina de Rentas Internas en EU -que es el equivalente al SAT en nuestro país- dará un fallo no favorable.
El principal argumento, según Riner, es que el IETU no funciona como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en EU. Por eso, el Congreso mexicano debe considerar esta situación en las discusiones en torno del paquete fiscal, enfatiza.
Para el vicepresidente de Asuntos Fiscales del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Carlos Cárdenas, lo más conveniente es que se elimine el IETU y sustituirlo por uno que funcione de manera similar al que opera en EU.
Propone un impuesto mínimo complementario al ISR “que funcione de manera similar al Alternative Minimum Tax de EU, que se calcula a partir de la misma base del ISR, eliminando algunas partidas de privilegio”, explica.
IMPUESTOS DISTANTES
En el 2007, luego de que se aprobó el IETU, el gobierno mexicano buscó el reconocimiento internacional por medio de los tratados de doble tributación. La mayoría lo aceptó a excepción de EU, que pidió dos años para analizar
su viabilidad.
Así, se permitió de manera temporal que los contribuyentes de EU acreditaran el IETU contra el ISR a su cargo en su país de origen. Y se acordó el pago en México sin que las autoridades fiscales de EU impugnen dicho acreditamiento.
0 comentarios:
Publicar un comentario