OBSERVADOR FISCAL

jueves, 22 de octubre de 2009

Cómo opera el esquema de consolidación.


Se pueden sumar o restar ganancias y pérdidas del grupo para pagar el Impuesto Sobre la Renta. Los grandes consorcios, serían los más afectados con propuesta fiscal.


Actualmente, un grupo de empresas con un mismo accionista mayoritario, que se identifica como controladora (holdings, en el caso de las extranjeras), pueden pagar sus impuestos bajo un esquema conocido como régimen de consolidación.

A través de este mecanismo contemplado en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se pueden sumar las ganancias con las pérdidas del grupo para pagar el gravamen.


Si un grupo tiene tres empresas, de las cuales dos presentan utilidades y una tiene resultados negativos, se le permite sumar y restar o “netear”. Lo que resulte de esta operación se pagará al fisco.

Es decir, tienen la posibilidad de deducir las pérdidas fiscales de una de las empresas del grupo contra las utilidades de las otras.


Así, integran un solo resultado fiscal sobre el cual se calcula el ISR a cargo del grupo consolidado.

Esto les permite posponer o diferir el gravamen a pagar de la empresa que tenga pérdidas. En México existen alrededor de 400 grupos que consolidan, algunos cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores.

Algunos ejemplos de los grupos de empresas que consolidan son las cementeras, cerveceras, refresqueras, televisoras, editoriales, cadenas automotrices, cigarreras, constructoras y así como refresqueras y operadoras financieras.



La consolidación tiene su origen en un decreto que se publicó a principios de los 70 con el objetivo de rescatar a las empresas que tenían pérdidas por medio de un mecanismo llamado unidades de fomento. Después se incluyó en la Ley del ISR.

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