Incorporación de nuevos contribuyentes en el mes de noviembre de 2009 al Servicio de Declaraciones y Pagos.
El SAT informa que los contribuyentes del sector financiero, sociedades mercantiles controladoras y controladas, y personas morales del título II de la ley del ISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos, deben utilizar el Servicio de Declaraciones y Pagos a partir de mayo de 2009 para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de abril.
Nuevos contribuyentes que se incorporanAdicionalmente a los contribuyentes señalados en el párrafo anterior, los que deben utilizar el servicio de declaraciones y pagos a partir del mes de noviembre de 2009 para presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de octubre del mismo año y subsecuentes, son los que se citan a continuación:
-El Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
-Los organismos constitucionalmente autónomos.
-Comisión Federal de Electricidad, Luz y Fuerza del Centro, Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.
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