OBSERVADOR FISCAL

martes, 8 de diciembre de 2009

Obligación para 2010 del Banco de México de publicar la UDI´S en el DOF


Se determina el procedimiento a seguir por el Banco de México para calcular las unidades de inversión (UDI´S), y se establece la obligación de publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el valor de las UDI´S correspondientes a los días:

11 a 25, los días 10 de cada mes
26 al 10 del mes inmediato siguiente, a más tardar el 25 de cada mes


Este procedimiento tiene la finalidad de facilitar el cálculo del ISR derivado de intereses y la base sobre la cual las instituciones que componen el sistema financiero deben calcular la retención correspondiente

En este tenor, y aplicando el procedimiento antes citado, se reforma el artículo tercero del “Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en unidades de inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta” publicado en el DOF el 1o de abril de 1995.
Fuente: CFF, IDC

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