OBSERVADOR FISCAL

martes, 1 de junio de 2010

¿Qué es un Comprobante Fiscal Digital?

A partir del 2011 las personas fisicas y las personas morales tienen la obligación de utilizar los Comprobantes Fiscales Digitales CFD, por lo cual es un buen momento para empezar a entender como se van a utilizar.

El comprobante fiscal es un mecanismo alternativo de comprobación de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos. Utiliza tecnología digital en su generación, procesamiento, transmisión y almacenamiento de datos 100% digital.

Maneja estándares de seguridad internacionalmente reconocidos, que garantizan que el comprobante es auténtico, íntegro, único y que será aceptado igual que el comprobante fiscal impreso.

Es una solución tecnológica al alcance de la mayoría de los contribuyentes sin importar su tamaño.

Ventajas

-Agiliza la conciliación de la información contable.
-Simplifica el proceso de generación de comprobantes para efectos fiscales.
-A mayor proporción de comprobantes emitidos electrónicamente, mayor ahorro.
-El comprobante puede ser visto rápidamente desde cualquier navegador para internet.
-El almacenamiento de los comprobantes para el emisor es de manera electrónica.
-El almacenamiento de los comprobantes para el receptor es de manera electrónica o en papel según lo solicite.
-Integración automática y segura a su contabilidad.

Beneficios
-Mejora el servicio al cliente.
-Reduce costos y errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento.
-Mayor control de documental.

Requisitos de los Comprobantes Fiscales Digitales

-Llevar contabilidad en un sistema electrónico
-Contar con Firma Electrónica Avanzada "Fiel"
-Haber tramitado al menos un Certificado de Sello Digital
-Solicitar por lo menos una serie de folios al SAT
-Cumplir con el estándar tecnológico reconocido por el SAT
-Utilizar el XSD para la generación de Comprobantes Fiscales Digitales, según lo publicado en el inciso C del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009.
-Generación y envio del Informe Mensual.

Fundamento legal para el CFD

- Código Fiscal de la Federación, Artículo 28, 29, 29-A, 29-B y 29C

- Resolución Miscelánea Fiscal,
De la Regla I.2.11.1. a la I.2.12.4. del libro I
De la II.2.8.1. a la II.2.9.1. del Libro II

Anexo 20 (Estándar Informático)
Fuente: SAT 19/abril/2010

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