OBSERVADOR FISCAL

martes, 17 de enero de 2012

Requisitos para la devolución del saldo de la subcuenta de la vivienda 1997

Requisitos generales régimen de la Ley del Seguro Social 1973

La reforma a la Ley del Infonavit (Artículo 8° transitorio), en vigor desde el 13 enero del 2012, hace posible que los trabajadores pensionados, en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, reciban en una sola exhibición el saldo de su Subcuenta de Vivienda 1997.

Si estás en este caso, recibirás los recursos acumulados en tu Subcuenta de Vivienda del cuarto bimestre de 1997 en adelante, incluyendo los rendimientos generados hasta el momento de la transferencia al gobierno federal. Sigue los pasos que describimos a continuación.
1. Cumple con los requisitos generales:
  • Debes estar pensionado y contar con el dictamen de pensión en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973, expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Debes ser el titular de la pensión. En el caso de que el titular haya fallecido, los beneficiarios deben acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para hacer el trámite de designación de beneficiario.
  • Debes contar con saldo en tu Subcuenta de Vivienda1997.
  • No debes tener un crédito del Infonavit vigente.
  • No debes estar en proceso de aclaración de homonimia. Estás en caso de homonimia si tu nombre es exactamente igual al de otra persona y es necesario aclarar a quién de los dos pertenecen los fondos.
  • El saldo de tu Subcuenta no debe haber sido traspasado a tu Afore. Si este es tu caso, debes hacer el trámite en tu Afore.
2. Ubica en qué grupo estás y haz lo que corresponda:

Grupo 1
Personas que se pensionen después de la entrada en vigor de la reforma a la Ley

Podrás solicitar los recursos a partir del 13 de febrero del 2012.

A partir de esa fecha, llena la solicitud de devolución de recursos. También podrás llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.

 Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.

  Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.

 Se te confirmara la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.

 Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
-Número de solicitud y número de cita.
-Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
-  Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo se necesita el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
-Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
-Original y copia de tu estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaremos el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 2
Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o una resolución a su favor

Llena la solicitud de devolución de recursos. También podrás llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.
Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.
Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.
Te confirmaran la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.
Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
-Número de solicitud y número de cita.
-Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
-Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo necesitamos el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
-Original y copia de tu credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
-Original y copia del laudo del juicio (carátula, resolución y firmas).
-Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaran el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 3
Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite, y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez. Estas personas deberán desistirse de su demanda laboral o juicio.

Tramita el desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbirtraje o Juzgado.
Llena la solicitud de devolución de recursos. También puedes llamar a Infonatel al 9171 5050 en la Ciudad de México, o bien al 01 800 008 3900 sin costo desde cualquier parte del país, para que un asesor te asista en el llenado.
No llenes la solicitud ni programes una cita si no cuentas con el desistimiento, pues al llegar al Cesi te informarán que tu trámite no procede.
Es muy importante que al llenar la solicitud registres tu cuenta de correo y tu teléfono celular.
Después de que llenes tu solicitud, un asesor del Infonavit te llamará para darte tu número de solicitud y programar tu cita en el Centro de Servicio del Infonavit (Cesi) más cercano, en caso de que tu solicitud proceda. Si tu solicitud no procede, al llamar te informará la causa.
Te confirmaran la cita mediante un correo electrónico o un mensaje de texto (SMS) a tu celular.
Lleva a tu cita lo siguiente:
Información
-Número de solicitud y número de cita.
-Número de Seguridad Social (NSS); es el número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tiene 11 dígitos.
-Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave, es decir, con los tres últimos números y letras de tu RFC que le asignó el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Ejemplo: NUCN471107FG1 (sólo se necesita el dato, no es necesario que lleves el documento).
Documentos
-Original y copia del desistimiento de tu demanda o amparo, ante la Junta Federal de Conciliación y Arbirtraje o Juzgado.
-Original y copia de la credencial para votar con fotografía expedida por el IFE y vigente.
-Original y copia del estado de cuenta bancario con la clave interbancaria para hacer la transferencia electrónica de tu dinero. Se conoce también como CLABE.
Si no tienes una cuenta bancaria, abre una a tu nombre para continuar con el trámite. Puede ser la misma donde el IMSS te paga tu pensión.
El estado de cuenta no debe tener una antigüedad mayor a dos meses.
Por políticas de Banamex, las cuentas tipo Pagomático no reciben la transferencia de estos recursos. Si tu cuenta es de ese tipo, abre otra.
Asegúrate de que la CLABE y el número de cuenta sean correctos; si hay algún error, la transferencia no podrá llevarse a cabo y deberás iniciar el trámite de nuevo.
Cuando entregues estos documentos, te informaran el monto que se depositará en tu cuenta y firmarás una carta de conformidad en la que manifiestes estar de acuerdo con la cantidad que te depositaremos.
El Infonavit depositará en tu cuenta bancaria la cantidad indicada.

Grupo 4
Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de Vivienda o demandaron y tienen resolución en contra.

Debes esperar seis meses (180 días naturales), contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a la Ley del Infonavit, plazo en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la manera en que te devolveremos los recursos.

Pensionados bajo el régimen de 1997

En el caso de los pensionados bajo el régimen de la Ley del IMSS 1997, este saldo se destinará:

A la aseguradora que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste contratar una renta vitalicia bajo el régimen de la ley del IMSS 1997. En este caso, deberás contratar un seguro de sobrevivencia.

Los recursos de retiro y vivienda 92, si así lo decides, se podrán sumar al saldo total de tu cuenta para que tu pensión sea más alta,
A la Afore que hayas elegido para el pago de tu pensión, si decidiste pensionarte bajo el esquema de retiros programados,
Al pensionado, si obtuviste una negativa de pensión del IMSS, o si la pensión se deriva de un plan privado registrado en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
En el caso de los pensionados bajo la Ley del IMSS 97, si la persona fallece, sus beneficiarios deberá acudir a la Afore en la que está registrado el titular, y presentar:

-Credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE), pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional; si eres extranjero, deberás presentar el documento migratorio correspondiente.
En su caso, resolución de pensión del IMSS,
En el caso de pensión por plan privado, constancia suscrita por un actuario autorizado ante la Consar.
Los administradores que validarán la información correspondiente, le entregarán al beneficiario una copia de la solicitud y le devolverán tu identificación original. La solicitud deberá estar firmada y sellada por el funcionario de la Afore.

Fuente:INFONAVIT e Impuestos y Finanzas

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