OBSERVADOR FISCAL

martes, 2 de octubre de 2012

La corte declara inconstitucional el artículo 40, fracción III del CFF que permitía asegurar precautoriamente bienes del contribuyente


La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) a través de un comunicado de prensa congratuló por el fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para invalidar los aseguramientos precautorios contra los bienes de aquellos contribuyentes que impidan físicamente la realización de una visita, auditoría u operativo de carácter fiscal.

 

El organismo autónomo resaltó que en el ejercicio de sus atribuciones, ha llevado a cabo el procedimiento de investigación y análisis de la problemática, en los que mencionó que los embargos precautorios no pueden ser usados de manera indiscriminada, ya que la norma lo prevé como un mecanismo de excepción.

 

Desde que comenzó sus trabajos el 1° de septiembre de 2011, la Prodecon se ha pronunciado en el mismo sentido que la SCJN, en Recomendaciones contra distintas autoridades fiscales que han utilizado este recurso, porque implica un abuso de esa facultad que afecta gravemente a los pagadores de impuestos.

 

La Procuraduría ha subrayado que tras la práctica de un embargo precautorio, es fácil comprender la angustia y graves inconvenientes económicos que genera a los contribuyentes, especialmente cuando se efectúa sin que las autoridades fiscales hayan iniciado el ejercicio de sus facultades de fiscalización y sin acreditar fehacientemente que los afectados, hayan impedido el inicio del ejercicio de esas facultades, como lo establece el artículo 40, fracción III del Código Fiscal de la Federación, que en su sesión de hoy la SCJN declaró inconstitucional al violar del principio de seguridad jurídica previsto en el artículo 16 constitucional.

 
El criterio de la SCJN también ha sido sostenido por la Prodecon en el expediente abierto en esta dependencia respecto del tema de embargo de cuentas bancaria, por lo que ratifica su compromiso de velar para que los derechos de los pagadores de impuestos estén en un contexto de justicia y legalidad, para consolidar una cultura contributiva en el país.

Fuente: IMCP

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