Devolución del Impuesto a los Depósitos en Efectivo IDE a través del programa electronico F3241
Devolución del Impuesto a los Depósitos en Efectivo IDE
El SAT informa a los contribuyentes que ya pueden solicitar la devolución y presentar el aviso de compensación del IDE utilizando los formatos 32 y 41 y sus anexos electrónicos, para lo cual está a su disposición la nueva versión 2.2 del programa electrónico F 3241. Esta versión entró en vigor el 6 de octubre de 2008 e incluye mejoras que facilitan el uso de la herramienta para el llenado de los anexos.
Nuevos anexos electrónicos de las formas oficiales 32 y 41 (devoluciones y compensaciones)
Con fecha 2 octubre 2008 se publico en la pagina del SAT la nueva versión del programa electrónico F 3241, versión 2.2 del programa electrónico, esta nueva versión entra en vigor a partir del lunes 6 de octubre de 2008 e incluye mejoras que facilitan su uso.
Es importante tener en cuenta que si usted ha generado archivos encriptados usando una versión del programa anterior a la 2.2 del 2 de octubre de 2008 y no los entrega al SAT a más tardar el viernes 3 de octubre de 2008, será necesario que vuelva a capturar la información y a generar los archivos usando la nueva versión 2.2 del programa, de lo contrario no le podrán ser recibidos por el SAT.
Programa electrónico F 3241 ( 23.5 MB) Nueva versión 2.2 del 2 de octubre 2008
Herramientas de ayuda:
Manual de usuario ( 4.4 MB)
Manual de instalación ( 248 kB)
Preguntas y respuestas frecuentes sobre el programa F 3241
La presentación de los anexos electrónicos A, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 en los trámites que corresponda, es obligatoria a partir del 1 de julio de 2008.La presentación de los anexos electrónicos 16, 16-A, 17, 17-A, 18, 18-A, 18-B y 18-C en los trámites que corresponda, es obligatoria a partir del 1 de agosto de 2008.
Manual de usuario ( 4.4 MB)
Manual de instalación ( 248 kB)
Preguntas y respuestas frecuentes sobre el programa F 3241
La presentación de los anexos electrónicos A, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 en los trámites que corresponda, es obligatoria a partir del 1 de julio de 2008.La presentación de los anexos electrónicos 16, 16-A, 17, 17-A, 18, 18-A, 18-B y 18-C en los trámites que corresponda, es obligatoria a partir del 1 de agosto de 2008.
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