OBSERVADOR FISCAL

jueves, 12 de febrero de 2009

Firmado de constancias de retenciones con FIEL, una opción más para el contribuyente.


Opción de firmado de constancias de retenciones con FIEL

El 30 de enero del 2009, se publicó la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2008, la cual contempla la regla II.2.1.6 que otorga la facilidad para la emisión de constancias (formato 37 y 37-A), las cuales podrán ser firmadas utilizando la Fiel del contribuyente.


Regla II.2.1.6. Para aquellos contribuyentes que de conformidad con la Ley del ISR se encuentren obligados a emitir documentos o constancias cuya emisión pueda ser realizada en formatos de libre impresión, podrán consignar en dichos formatos la firma autógrafa del contribuyente, retenedor o representante legal, o bien ser firmados digitalmente utilizando la FIEL vigente del contribuyente.


Para tales efectos, dicho formato deberá incluir la cadena original, el sello digital y el número de serie del certificado digital de la FIEL con el cual se haya firmado, así como la fecha y hora de expedición del documento. Para lo anterior, los formatos deberán apegarse a los requerimientos técnicos publicados en la página de Internet del SAT.


Los contribuyentes que opten por realizar el firmado utilizando la FIEL, deberán poner a disposición del contribuyente, así como del SAT los medios necesarios para verificar la autenticidad de la firma digital consignada en los documentos.
CFF 31, 33, RMF 2008 II.2.7.12., (RMF 2007 2.1.19.)



En la página del SAT pone a su disposición el documento que contiene los requerimientos técnicos para el firmado de los citados documentos.


Consideramos que para la mayoría de los contribuyente no es sencillo el contenido del documento técnico para elaborar la cadena digital, por lo que esta opción no será aplicada por muchos contribuyentes.


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