OBSERVADOR FISCAL

viernes, 13 de marzo de 2009

Preocupación del IMCP por los nuevos anexos del Dictamen Fiscal


Con fecha 4 de marzo de 2009, el Instituto Mexicano de Contadores Publicos mediante Folio No.:39 /2008-2009 informa que:


Asunto: Anexo 16-y 16 A de la Cuarta RMF para 2008.

Instructivo para la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio de 2008.


Que el IMCP, tuvo una reunión con la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria (AGAFF) y el Jefe del SAT, en relación al instructivo para los dictamenes fiscales 2008, para lo cual da a conocer el resultado.


Se tuvo la oportunidad de transmitirle al Jefe del SAT y a los Administradores que lo acompañaron, el entendimiento y aceptación por parte de la Contaduría Pública del país, de algunos de los nuevos anexos, por referirse a nuevos impuestos como el IETU y el IDE, pero al mismo tiempo se les hizo saber de nuestra preocupación respecto de una buena parte de los demás nuevos anexos y nuevos cuestionarios, entre otras cosas, por virtud de:



-Traducirse en responsabilidades que deben recaer en los contribuyentes y no en los profesionales que desarrollan la auditoría.


-Corresponder a puntos que van más allá del trabajo que el auditor debe y puede desarrollar, conforme lo establecen las normas y procedimientos de auditoría.

-La dificultad de cumplir con ellos, considerando que se están dando a conocer en una etapa ya muy avanzada del proceso de las auditorías que en muchos casos implica que las mismas están incluso ya terminadas.

- Tratarse de información que ya viene presentando el contribuyente en sus declaraciones (anuales e informativas a través de plataforma, etcétera.).


El representate del SAT se mostró muy receptivo e interesado a los planteamientos y ejemplos que le presentados, aceptando de antemano, entre otras cosas, que no es la intención del SAT que la Contaduría Pública:


i) Asuma responsabilidades o desarrolle trabajos que no le corresponden,


ii) Que tenga que enfrentar las dificultades que implica el tener que cumplir con un trabajo en forma extemporánea, o que de plano ya no está en posibilidad de desarrollar, por el momento en que se está conociendo, y


iii) El que a través de los anexos que nos ocupa se presente información que ya fue presentada por el propio contribuyente.


Bajo estas premisas y con objeto de lograr un acuerdo respecto de lo que debe prevalecer y de lo que debe modificarse o eliminarse, se acordó que tendrán reuniones periódicas entre los grupos de trabajo que ya han quedado definidos por parte del SAT y del IMCP.


La idea es que para el ejercicio 2008 se presente únicamente un paquete de anexos que se considere como transitorio, que se revisará junto con las autoridades del SAT y que sea para el ejercicio 2009 cuando entre en vigor lo que finalmente se concluya que deban ser los anexos y el dictamen fiscal que emita el Contador Público.

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