OBSERVADOR FISCAL

jueves, 16 de abril de 2009

El SAT informa sobre las devoluciones automaticas en 8 días en promedio


Mediante Comunicado de prensa núm. 28/2009, de fecha 15 de abril de 2009, el SAT informa que:


SE DEPOSITAN LAS PRIMERAS DEVOLUCIONES DE SALDOS A FAVOR

• Los primeros contribuyentes en cumplir correctamente ya recibieron su devolución.


• En esta primera emisión se autorizaron más de 18 mil devoluciones.

• Se redujo a 8 el promedio de días en los que hizo el depósito.


En cumplimiento con lo instruido por el C. Presidente de la República, el 24 de marzo pasado, en el sentido de hacer los depósitos de las devoluciones en un plazo no mayor de 15 días, y del compromiso público adquirido por el Servicio de Administración Tributaria inició hoy el depósito de los saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta a aquellos contribuyentes que presentaron correctamente la declaración anual del ejercicio 2008 antes del 3 de abril.

En esta primera emisión, que fue posible gracias al uso de los medios electrónicos para la presentación de la declaración y a la mejora de los procesos, se autorizaron más de 18 mil devoluciones y se redujo a 8 el promedio de días en los que se depositaron.


Resultados obtenidos hasta el momento derivados del cumplimiento de esta obligación:

• Se autorizó el pago a 18 mil 92 contribuyentes
• Se pagó vía depósito bancario a 98 % de los contribuyentes
• El monto de las devoluciones aprobadas equivale a 141.6 millones de pesos
• En promedio la devolución de cada contribuyente es de 7 mil 800 pesos.

Cuando la devolución automática no procede, se debe principalmente por tratarse de saldos menores de 200 pesos ─en este caso debe solicitarse mediante el formato 32, en la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda─ por haber errores de identificación, o por presentar datos incorrectos en la declaración.


Tampoco se autoriza cuando hay incongruencias con la información proporcionada por terceros (declaraciones informativas), discrepancia en las deducciones o inconsistencias en la Clave Bancaria Estandarizada (Clabe) proporcionada por los contribuyentes.


Se invita a los contribuyentes a consultar en el Portal de Internet del SAT el estado que guarda su devolución o, en caso necesario, la información que le permita corregir cualquier situación que le ocasione el rechazo de la misma.

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