OBSERVADOR FISCAL

jueves, 5 de noviembre de 2009

PROGRAMA DE APOYO A EXTRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO


LINEAMIENTOS PARA LA OPERACION DEL PROGRAMA EMERGENTE DE APOYO A EXTRABAJADORES DEL EXTINTO ORGANISMO DESCENTRALIZADO LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

PRIMERO.- Los presentes Lineamientos tienen por objeto regir la operación del Programa Emergente de Apoyo a ex trabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro.

SEGUNDO.- Objetivo
Proporcionar orientación e información del mercado de trabajo y apoyos económicos para capacitación de corto plazo a los ex trabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, con la finalidad de favorecer su reinserción laboral en un empleo u ocupación productiva.

TERCERO.- Cobertura
El programa tendrá aplicación en el Distrito Federal y los estados de Hidalgo, México, Michoacán, Morelos y Puebla.

CUARTO.- Población Objetivo
Ex trabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, que hayan concluido el proceso de indemnización, con motivo de la extinción de dicho organismo descentralizado.

QUINTO.- Características de los apoyos
1. Orientación e información sobre las vacantes existentes en el mercado de trabajo.
2. Apoyo económico en dos modalidades de capacitación:

a) Reconversión Laboral. Cursos de capacitación, en instituciones educativas de capacitación para el trabajo, para adquirir, mejorar y/o reconvertir sus competencias, habilidades y destrezas cubriendo un mínimo de 4 horas diarias, cinco días a la semana. Durante este tiempo los beneficiarios recibirán:
- Apoyo mensual por la cantidad de $4,932.00, y
- Apoyo mensual de transporte por un monto de $450.00.
El proceso de capacitación en esta modalidad no será mayor a tres meses.

b) Práctica Laboral. Actividades para desarrollar los conocimientos o habilidades adquiridas en los cursos de Reconversión Laboral.
Después de concluir su capacitación para la reconversión laboral, los beneficiarios podrán tomar la opción de incorporarse a las prácticas laborales que se coordinarán de manera directa con empresas de diversos sectores productivos. Para tal efecto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) realizará acciones de concertación y promoción con posibles empleadores para vincular a los egresados de los cursos de reconversión laboral y empresas que requieran personal para realizar prácticas laborales en sus instalaciones.
En este supuesto, la STPS otorgará a los beneficiarios:

- Apoyo mensual por la cantidad de $4,932.00, y
- Apoyo mensual de transporte por un monto de $450.00.
El proceso de capacitación en esta modalidad no será mayor a dos meses.

SEXTO.- Ejecutores
La ejecución del Programa se realiza por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Coordinación General del Servicio Nacional de Empleo (CGSNE).

SEPTIMO.- Operación del Programa
A) La CGSNE pondrá a disposición de los ex trabajadores del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, los servicios de orientación e información sobre las vacantes existentes en el mercado de trabajo, de acuerdo al perfil del solicitante.

B) Criterios de elegibilidad para los beneficiarios de apoyos económicos.
Ser ex trabajador del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro y haber concluido el proceso de indemnización derivado de la extinción del organismo.

C) Procedimiento de acceso a los apoyos económicos. Para obtener los apoyos a que se refiere el lineamiento Quinto, numeral 2, el ex trabajador del extinto organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, deberá:

a. Solicitar su registro al programa. Para ello deberá acudir personalmente a cualquiera de los módulos que la STPS ha instalado al interior de los "Centros Opción", o bien en aquellos que para tal efecto se habiliten, mismos que se harán del conocimiento de los interesados, a través de la página de Internet http://www.stps.gob.mx/.


Los "Centros Opción", están ubicados en:
CME CANACINTRA D.F.
Av. San Antonio 256 C.P. 03849, México, D.F. Tel. 01555482-3000

CME CMIC D.F.
Av. Periférico Sur No. 4839, Col. Parques del Pedregal C.P.14010 Delegación Tlalpan, México, D.F. Tel. 0155 5666-2739

CME CANACO D.F.
Donato Guerra No. 43 casi esquina Reforma, Col. CentroC.P. 06048 Delegación Cuauhtémoc, México, D.F. Tel. 01553685-2269
CME CANACO TOLUCA
Av. Hidalgo Ote. No. 300, 2o. piso, casi Esq. Sor Juana Edif.de Correos 5 de Mayo C.P. 50090 Toluca, Estado deMéxico Tel. 01(722) 1673269, 1673270

CME CANACO PACHUCA
Blvd. Valle de San Javier No. 100, Valle de San Javier C.P.42086 Pachuca de Soto, Hidalgo Tel. 01(771) 38566, 80757

CANACINTRA CUERNAVACA
Av. Palmas Norte No. 125, Col. Bellavista, C.P. 62140
Cuernavaca, Morelos
Tel. 01(777) 313 10 38, 311 88 48, 311 88 51/53
Fax. 01(777) 311 88 48

b. Los interesados deberán presentar:
o El formato Registro Personal, debidamente llenado y firmado, señalando bajo protesta de decir verdad, que no es beneficiario de otros programas públicos con el mismo fin.
o Original (para su cotejo) y las copias simples legibles, que se indica:
Identificación oficial (IFE, pasaporte o cédula profesional) y dos copias (por ambos lados);
Comprobante de domicilio (recibo telefónico, agua o predial con una antigüedad no mayor a tres meses) y dos copias (por ambos lados);
Clave Unica de Registro de Población (CURP) y una copia, y
Documento con el que acredite haber concluido el proceso de indemnización correspondiente con motivo de la extinción del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, y una copia.
c. Una vez que el interesado entregue el formato y la documentación referidos, quedará registrado en el Programa y se le informará en un plazo no mayor a 5 días hábiles, la fecha y lugar en el que deberá asistir al curso de capacitación, así como las fechas en las que recibirá el apoyo económico.
En caso de que la documentación o información solicitada presente errores u omisiones de manera inmediata se hará del conocimiento del interesado para que la corrija o complemente.
d. En el caso de que el número de los solicitantes rebase el monto de los recursos disponibles, se dará prioridad a aquellas solicitudes que cumpliendo con los requisitos señalados, se hayan presentado en primer lugar.

OCTAVO.- Mecánica de Operación
La CGSNE podrá solicitar el apoyo de las oficinas del Servicio Nacional de Empleo de las entidades federativas para la operación de este programa. En este caso, la participación de las oficinas del SNE de las entidades federativas, se ajustará a los procedimientos administrativos que para tal fin se aplican en la operación de los programas regulares y/o emergentes de la STPS.
Organización de los cursos de capacitación. Los cursos de capacitación versarán sobre especialidades técnicas y administrativas de interés de los ex trabajadores que les permitan reconvertir su perfil laboral y se realizarán de manera coordinada con instituciones educativas del sector público y privado, con las que la STPS acuerde o contrate la prestación del servicio de capacitación.

Gestión de recursos. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPP) de la STPS, a petición de la CGSNE, gestionará los recursos para la ejecución de este Programa, mismos que se depositarán en una cuenta bancaria de la DGPP a fin de que ésta los ministre.
Con el propósito de administrar los recursos del Programa, el Titular de la CGSNE contratará una cuenta bancaria mancomunada, en la cual se registrará la firma del propio Titular y la de dos funcionarios más que éste haya designado. Los cheques que se expidan deberán, invariablemente, contar con dos firmas de las tres en referencia.

Los cursos y sus costos se registrarán y validarán por la CGSNE a fin de comprometer importes y conformar las Solicitudes de Recursos que gestionará ante la DGPP, para posibilitar el depósito de los importes requeridos en la cuenta bancaria contratada por la CGSNE.

Radicación. La radicación de recursos a la CGSNE se realizará por la DGPP conforme a los procedimientos que han sido establecidos en coordinación con esta última.
Entrega de apoyos económicos. Una vez que el recurso se encuentre disponible en la cuenta bancaria de la CGSNE, ésta procederá a proporcionar los apoyos económicos en forma mensual a los beneficiarios, los cuales en ningún caso se entregarán en efectivo. La entrega de los apoyos económicos se realizará a mes vencido.

Comprobación. Para asegurar que los recursos destinados a las acciones a realizar en el marco de este Programa, se orienten exclusivamente a la población objetivo, en la comprobación del gasto que presente la CGSNE a la DGPP, se incluirá como evidencia documental, las relaciones de apoyo que contengan los nombres y firmas autógrafas de los beneficiarios que fueron favorecidos con la entrega de los mismos.

La comprobación de los recursos se llevará a cabo conforme a los procedimientos que han sido establecidos en coordinación con la DGPP.
Costos de operación. El costo de los cursos de capacitación (materiales, instructor, inscripción, constancia, etc.), para "Reconversión Laboral" será cubierto a los centros de capacitación por la STPS y su monto no deberá rebasar $40,000.00 mensuales (incluyendo IVA), por grupo de ex trabajadores beneficiados.

El costo de los cursos de "Práctica Laboral" (monitoreo a la capacitación en planta, acciones complementarias al proceso de enseñanza aprendizaje, promoción de la contratación de los beneficiarios, etc.), será cubierto a los centros de capacitación por la STPS y su monto no deberá rebasar el monto de $15,000.00 mensuales (incluyendo IVA), por un periodo máximo de dos meses.


NOVENO.- Derechos, Obligaciones y Sanciones
Derechos de los Beneficiarios
· Recibir la información respecto de las diferentes opciones para apoyar en la búsqueda de empleo;
· Recibir la capacitación, incluyendo la información relativa a la aprobación de los cursos y el trámite para la obtención de las constancias, que le proporcione el centro de capacitación;
· Desarrollar prácticas laborales en las empresas que así lo soliciten, y
· Recibir los apoyos descritos en los presentes Lineamientos.
Obligaciones de los Beneficiarios
· Asistir a los cursos de capacitación en los que queden inscritos, en los días y horarios establecidos;
· Cumplir con el reglamento de las instituciones y empresas en que se lleve a cabo la capacitación;
· Realizar todas las actividades de aprendizaje teóricas y prácticas que indique el instructor o supervisor del curso, y
· Firmar la constancia de recepción de apoyos económicos.

Sanciones a los Beneficiarios
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas será causa de baja del beneficiario en el programa y dará lugar a la suspensión de los apoyos descritos.
En todo caso, si el beneficiario dejara de asistir a los cursos de capacitación, la entrega de los recursos se cubrirá de manera proporcional a los días que hubiere asistido.

DECIMO.- Verificación por parte de la CGSNE
La CGSNE podrá verificar en todo momento la información y documentación que proporcionen los beneficiarios. A quien incurra en falsedad de declaraciones se le cancelará el apoyo, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

DECIMO PRIMERO.- Difusión
La STPS a través de la Dirección General de Comunicación Social y de la CGSNE, llevarán a cabo, en el ámbito de sus responsabilidades, las actividades necesarias para dar difusión al Programa. Para tal fin, dicha información estará disponible en la página de Internet de la STPS (http://www.stps.gob.mx/).


Las acciones de difusión de este apoyo estarán diseñadas para brindar información de manera práctica a la población beneficiaria, con objeto de que ésta tenga elementos que le permitan detectar irregularidades en su operación. Las acciones de difusión deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

DECIMO SEGUNDO.- Seguimiento, Evaluación y Control
El seguimiento, evaluación y control del Programa se realizará conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

DECIMO TERCERO.- Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general, se captarán por medio de la Dirección General de Fomento de la Empleabilidad de la STPS, a través de la Contraloría Interna en la STPS, así como en la Secretaría de la Función Pública vía personal, escrita, Internet (www.funcionpublica.gob.mx) o telefónica (Contacto Ciudadano 01-800-386-24-66 en el interior de la República o al (01 55) 2000-2000 en la Ciudad de México) o a los teléfonos (01 55) 30-00-32-77 y 30-00-32-74 de la STPS.


DECIMO CUARTO.- Las unidades administrativas de la STPS, en el ámbito de sus competencias, deberán realizar las acciones necesarias para brindar los apoyos que requiera la CGSNE, a fin de lograr la oportuna y adecuada ejecución de este Programa.


TRANSITORIO
UNICO.-
Los presentes Lineamientos entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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